Introducción
Este documento contractual regirá las Condiciones Generales de contratación DE servicios (en adelante, «Condiciones») a través del sitio web cruceroskontiki.com, propiedad de CRUCEROS KONTIKI S.A, en adelante, TRANSPORTISTA, cuyos datos de contacto figuran también en el Aviso Legal de esta Web.
Estas Condiciones podrán ser modificadas en cualquier momento. Es responsabilidad del USUARIO leerlas periódicamente, ya que resultarán aplicables aquellas que se encuentren vigentes en el momento de realización de pedidos.
Los contratos no estarán sujetos a formalidad alguna con excepción de los supuestos expresamente señalados en los Códigos Civil y de Comercio y en esta o en otras leyes especiales.
La aceptación de este documento conlleva que el USUARIO:
Ha leído, entiende y comprende lo aquí expuesto. Es una persona con capacidad suficiente para contratar. Asume todas las obligaciones aquí dispuestas.
Estas condiciones tendrán un período de validez indefinido y serán aplicables a todas las contrataciones realizadas a través del sitio web del TRANSPORTISTA.
El TRANSPORTISTA informa de que el comercio es responsable y conoce la legislación vigente de los países a los que envía los productos, y se reserva el derecho de modificar unilateralmente las condiciones, sin que ello pueda afectar a los bienes o promociones que fueron adquiridos previamente a la modificación.
OBLIGACIONES DEL USUARIO
Con carácter general el Usuario se obliga al cumplimiento de las presentes Condiciones Generales de Uso, en su caso las Condiciones Particulares que fueran de aplicación, así como cumplir las especiales advertencias o instrucciones de uso contenidas en las páginas Webs y obrar siempre conforme a la ley, a las buenas costumbres y a las exigencias de la buena fe, empleando la diligencia adecuada a la naturaleza del servicio del que disfruta, absteniéndose de utilizar el Web de cualquier forma que pueda impedir, dañar o deteriorar el normal funcionamiento del mismo, los bienes o derechos de CRUCEROS KONTIKI,S.A. o en general de cualquier tercero.
Concretamente, y sin que ello implique restricción alguna a la obligación asumida por el Usuario con carácter general de conformidad con el apartado anterior, el Usuario se obliga, en la utilización del Web, así como en la prestación de los servicios a: (i)
a) En el caso de registrarse, el Usuario se obliga a proporcionar verazmente los datos proporcionados y a mantenerlos actualizados;
b) No introducir, almacenar o difundir en o desde el Web, cualquier información o material que fuera difamatorio, injurioso, obsceno, amenazador, xenófobo, incite a la violencia a la discriminación por razón de raza, sexo, ideología, religión o que de cualquier forma atente contra la moral, el orden público, los derechos fundamentales, las libertas públicas, el honor, la intimidad o la imagen de terceros y en general la normativa vigente.
c) No introducir, almacenar o difundir mediante el Web ningún programa de ordenador, datos, virus, código, equipo de hardware o de telecomunicaciones o cualquier otro instrumento o dispositivo electrónico o físico que sea susceptible de causar daños en el Web, en cualquiera de los Servicios, o en cualquiera de los equipos, sistemas o redes de CRUCEROS KONTIKI,S.A. de cualquier Usuario, de los proveedores de CRUCEROS KONTIKI,S.A. o en general de cualquier tercero, o que de cualquier otra forma sea capaz de causarles cualquier tipo de alteración o impedir el normal funcionamiento de los mismos.
d) Tiene prohibido realizar actividades publicitarias, promocionales o de explotación comercial a través de las páginas webs, no utilizando los contenidos y en particular la información obtenida a través de las páginas webs para remitir publicidad, enviar mensajes con fines de venta directa o con cualquier otro fin comercial, ni para recoger o almacenar datos personales de terceros. También queda prohibido almacenar o difundir mediante las webs cualquier contenido que infrinja derechos de propiedad intelectual, industrial o secretos empresariales de terceros, ni en general ningún contenido del cual no ostentara, de conformidad con la ley, el derecho a ponerlo a disposición de tercero.
Todas las condiciones, se regirán por la legislación española, que será de aplicación en lo no dispuesto en este contrato en materia de interpretación, validez y ejecución, y con sumisión expresa a los Juzgados de Elche (Alicante) con competencia para la resolución de conflictos
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN. INFORMACIÓN PREVIA A LA CONTRATACIÓN
1.- Estas condiciones generales de contratación junto, en su caso, con las condiciones particulares que puedan establecerse, regularán expresamente las relaciones surgidas entre CRUCEROS KONTKI,S.A. C/Ingeniero Lafarga 2-5º A (Alicante) y los Usuarios que contraten la prestación de los servicios o productos ofrecidos a través de dichas webs.
2.- Las presentes Condiciones Generales han sido elaboradas de conformidad con lo establecido en la Ley 34/2002, de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, la Ley 7/1998 sobre Condiciones Generales de Contratación, el Real Decreto 1906/1999 por el que se regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales en desarrollo del artículo 5.3 de la Ley 7/1998, la Ley 26/1984 General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista, el Real Decreto-Ley 14/1999 reguladora de la Firma Electrónica y cuantas disposiciones legales resulten de aplicación.
3.- Por la utilización y/o la prestación de cualesquiera de los servicios de las Webs, suponen la aceptación como Usuario, sin reservas de ninguna clase, a todas y cada una de las Condiciones Generales de Contratación, de las Condiciones Generales de Uso de las Webs así como en su caso, a las Condiciones Particulares que, en su caso rijan la adquisición.
4.- CRUCEROS KONTIKI,S.A. informa que los trámites para efectuar la reserva y/o obtener la prestación de los servicios ofrecidos, son aquellos que se describen en las presentes condiciones generales, así como aquellos otros específicos que se indiquen en pantalla durante la navegación, de manera que el Usuario declara conocer y aceptar dichos trámites como necesarios para acceder a los productos y servicios ofrecidos en las Webs.
5.- Toda la información proporcionada durante el proceso de reserva de contratación será almacenada por CRUCEROS KONTIKI,S.A. de manera que el Usuario podrá, previa solicitud efectuada por escrito o por e-mail solicitar información referente a las operaciones efectuadas por él dentro de los 6 meses anteriores. Cualquier modificación y/o corrección de los datos proporcionados por los Usuarios durante la navegación deberá efectuarse según las indicaciones incluidas en las Webs.
6.- Los usuarios que contraten servicios a través de la web de CRUCEROS KONTIKI,S.A. manifiestan ser mayores de edad (18 años). En caso de contratación por menores de edad, se requiere autorización de los padres o tutores para poder disfrutar del servicio contratado.
7.- Los Servicios ofertados en las páginas Web -publicación de información y reserva y/o venta de billetes on-line- se regirán tanto por lo establecido en las presentes Condiciones Generales como, especialmente, por lo previsto en las Condiciones Particulares fijadas para cada uno de dichos servicios.
8.- Todos los medios y requerimientos técnicos que se precisen para acceder al Web y a los servicios ofrecidos en el mismo serán por cuenta exclusiva del Usuario, así como cualesquiera gastos o impuestos a los que la prestación de dichos servicios pueda dar lugar.
CONDICIONES GENERALES PARA EL TRANSPORTE DE PASAJEROS PARA VIAJE TURISTÍCO IDA Y VUELTA DE ALICANTE A ISLA DE TABARCA
Definiciones
Art. 1. Validez
Art. 2. Precio
Art. 3. Acomodación
Art. 4. Presentación para el embarque
Art. 5. Pérdida del barco
Art. 6. Cancelación y reembolso
Art. 7. Adelanto/retraso en la salida o llegada – cancelación de salida
Art. 8. Normas que debe cumplir el pasajero
Art. 9. Transporte de menores no acompañados
Art. 10. Condiciones sanitarias del pasajero
Art. 11. Pasajeros con necesidad de asistencia particular
Art. 12.Mujeres embarazada
Art.13. Explosivos, substancias inflamables y materias peligrosas
Art. 14 Equipaje
Art. 15. Traslado de equipaje
Art. 16.Mascotas
Art. 17. Información sobre los Pasajeros
Art. 18. Legislación aplicable y foro competente
Las Condiciones Generales de Transporte de Pasajeros están publicadas en el sitio web www.cruceroskontiki.com
La reserva y/o compra del billete comporta la aceptación incondicional por parte del Pasajero, a todos los efectos legales, de las Condiciones Generales de Transporte de Pasajeros (CGTP) siguientes.
Antes de realiza su reserva señalar que el billete será entregado en las taquillas que existen en el puerto de Alicante previo canjeo de dicha reserva, mediante el escaneo del código QR y ahí se perfeccionará el contrato de transporte con la emisión del billete de transporte.
Definiciones
El portador de cada reserva de billete y/o billete manifiesta conocer las condiciones generales del transporte, así como las aquí consignadas, que se encuentran a disposición de los usuarios en nuestros puntos de venta y en nuestra dirección de las páginas webs:, y las acepta expresamente. Asimismo el viajero deberá en todo momento seguir las indicaciones de nuestro personal de tierra así como cumplir las instrucciones y órdenes emanadas de la tripulación durante la travesía, especialmente en situaciones extraordinarias o de necesidad.
El término “Pasajero” se refiere a cualquier persona transportada según el billete de pasaje emitido por el transportista. El término “Transportista” y/o “Compañía” se refiere a CRUCEROS KONTIKI,S.A.
• El objeto del contrato es la prestación de transporte DE IDA Y VUELTA DESDE EL PUERTO DE ALICANTE A LA ISLA DE TABARCA CON CARÁCTER DISCRECIONAL en virtud del Código de Navegación. El Transportista se compromete a transportar al Pasajero en las condiciones siguientes, que el Pasajero se compromete a leer y cumplir íntegramente antes de la compra y/o reserva del billete de pasaje.
• El servicio de transporte marítimo se refiere al trayecto que se indica en el título de viaje, que incluye la acomodación a bordo.
• El término “Transportista marítimo” se refiere al transportista contractual y al transportista efectivo. El buque utilizado para el transporte forma parte de la flota de CRUCEROS KONTIKI,S.A.
• Pasajeros Discapacitado o Pasajero con Movilidad Reducida es cualquier pasajero cuya movilidad en el uso de un medio de transporte se halle reducida por motivos de discapacidad física (sensorial o motora), deterioro mental o psicológico o cualquier otra causa de discapacidad o deficiencia, o permanente o temporal, cuya situación requiera una atención especial y la adaptación de los servicios a los pasajeros en el buque, como resultado de dicha discapacidad.
Art. 1. VALIDEZ: Será necesario retirar presencialmente los billetes correspondientes a su reserva. Los billetes sólo pueden ser canjeados el mismo día de la viaje y hasta 20 minutos antes de la salida del barco. Se retirará en las taquillas habilitadas en el puerto de salida correspondiente a su viaje. Dicho billete será de ida y vuelta desde el puerto de Alicante hasta el Puerto de Tabarca, y la vuelta al puerto de origen.
La validez del billete es únicamente para el día y la hora seleccionada por el pasajero en el momento de realizar la compra.
El billete es personal, no se puede ceder y solo es válido para el transporte que se especifica en el mismo.
El Pasajero debe conservar diligentemente el billete para justificar el derecho a viajar y para mostrarlo a cualquier oficial del buque o empleado de la compañía que lo solicite. Los Pasajeros que pierdan su billete deberán pagar el total del precio del pasaje, sin perjuicio de los posibles daños y perjuicios ocasionados.
Art. 2. PRECIO: el precio indicado en el billete equivale a la tarifa del transportista vigente en la fecha de emisión de la reserva del mismo. Los descuentos y las reducciones particulares no tienen efecto retroactivo sobre los billetes ya emitidos.
El precio del billete incluye impuestos y tasas portuarias que la empresa paga a cada autoridad competente.
La forma de pago para el billete online será mediante tarjeta de crédito,VISA o MASTERCARD.
En caso de que un Pasajero adquiera su reserva a través de los sitios webs, el contrato de transporte se considerará finalizado una vez que el sistema de reservas haya comunicado el número de referencia de la reserva y el número del billete (la no recepción del Internet Ticket no anula la emisión del billete ya confirmado en pantalla).
Art. 3. ACOMODACIÓN: El Pasajero ocupará la plaza libre en el barco sin que exista ningún tipo de numeración al respecto, seguirá indicaciones del personal de la compañía y no abandonaran su asiento durante el trayecto.
En el caso de las personas con discapacidad se informarán sin demora a la Compañía, que – para garantizar al pasajero con movilidad reducida y al pasajero discapacitado comodidad y seguridad para toda la duración de la viaje – tendrá que evaluar la disponibilidad real de la misma.
Art.4. PRESENTACIÓN PARA EL EMBARQUE: El pasajero deberá presentarse en las taquillas de CRUCEROS KONTIKI,S.A. con al menos 20 minutos de antelación al horario de salida, para proceder al canjeo del billete y poder embarcar.
Art. 5. PÉRDIDA DEL BARCO: los Pasajeros que no se presenten al embarque en los tiempos antes indicados o que no suban a bordo del buque que se indica en la tarjeta de embarque no tendrán derecho a ningún tipo de reembolso.
De la misma manera, tampoco se ofrecerá ningún tipo de reembolso si se deniega el embarque al Pasajero por motivos de seguridad, aunque se presente dentro del horario antes indicado.
Art. 6. CANCELACIÓN Y REEMBOLSO: El Pasajero debe comunicar la cancelación de la reserva directamente a la Compañía a través del correo electrónico devolucioneskontiki@gmail.com
Podrá realizar dicha cancelación hasta 72 h antes del día y hora elegida para viajar. A partir de dicho momento ya no será reembolsable por ser de preventa.
La compañía procederá a efectuar dicho reembolso utilizando el mismo medio de pago empleado por el pasajero para la transacción inicial.
Art. 7. ADELANTO/RETRASO EN LA SALIDA O LLEGADA – CANCELACIÓN DE SALIDA :
CRUCEROS KONTIKI,S.A. se reserva el derecho de modificar o cancelar algún horario por causas meteorológicas o técnicas
Dado el singular medio por el que se efectúa el transporte marítimo no se puede garantizar una duración máxima del trayecto en ninguna de las frecuencias a los viajeros, quiénes siendo conocedores de esa circunstancia, asumen expresamente los daños y perjuicios que pueda originar o se deriven del retraso en el transporte e, incluso, en el supuesto de que, por tal razón, pierdan la conexión y enlace con otros medios, exonerando a la compañía de cualquier responsabilidad.
El Transportista declina cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios causados al Pasajero por el retraso o la no ejecución del transporte si estos son causados por casos fortuitos o de fuerza mayor, por condiciones meteorológicas marinas adversas, huelgas y averías técnicas constituyentes de fuerza mayor o por otras causas no imputables al mismo y que cumplan lo dispuesto por los artículos 402, 403, 404 y 408 del Código de Navegación y el Reglamento UE n.º 1177/2010.
Art. 8. . NORMAS QUE DEBE CUMPLIR EL PASAJERO:
El Pasajero está obligado a cumplir las prescripciones legales españolas y comunitarias, las Condiciones Generales para el Transporte de Pasajeros (CGTP) publicadas en él y expuestas en los puntos de venta y las indicaciones facilitadas por el Capitán del buque. Asimismo, el Pasajero debe responder directamente frente a la Compañía por cualquier infracción, multa o gasto que, por su culpa, impongan a la Compañía las autoridades portuarias.
En caso de emergencia, los Pasajeros deberán ponerse a disposición del Capitán y de la tripulación y deberán seguir disciplinadamente las órdenes y prescripciones que reciban.
Sin perjuicio de lo anterior, CRUCEROS KONTIKI,S.A se reserva el derecho a denunciar al Pasajero responsable de los antedichos comportamientos siempre que estos supongan un caso de delito penal o disciplinario, según la normativa aplicable.
El Pasajero se obliga, además, a respetar las disposiciones del Transportista que prohíben fumar en el interior del buque adecuadamente marcado.
Los Pasajeros, a su cargo y bajo su propia responsabilidad, deben comprobar antes del embarque la idoneidad de sus documentos personales y de título de transporte.
El Pasajero responderá por todos los daños causados por él o por los animales a su cargo en el mobiliario, dependencias, accesorios y equipamientos del buque, así como en otros Pasajeros, en el personal del Transportista o en los auxiliares del mismo.
En caso de que el Pasajero a bordo ponga en peligro la seguridad del viaje, perturbe a los Pasajeros o a la tripulación o se comporte de modo que cause molestias, impida a la tripulación desarrollar sus funciones o incumpla las indicaciones del Capitán del buque y de la tripulación acerca del correcto comportamiento a bordo o del respeto de los procedimientos, dicho Pasajero podrá ser sometido a las medidas necesarias para impedir o limitar dicho comportamiento, incluidas medidas coercitivas dentro de los límites legales; de la misma manera, se le podrá desembarcar o negársele la continuación del transporte.
Todos los pasajeros deben cumplir las normas sanitarias y de seguridad a bordo, y permanecer en sus asientos durante todo el trayecto.
La compañía se reserva el derecho de no embarcar en sus barcos a quien haya adoptado en precedentes ocasiones/viajes conductas que violen las Condiciones Generales para el Transporte de Pasajeros (CGTP) en vigor.
Art. 9. TRANSPORTE DE MENORES NO ACOMPAÑADOS: los Pasajeros menores de 14 años no pueden viajar solos. Deben estar constantemente vigilados por sus padres y/o por los adultos encargados de su custodia y no pueden circular por el buque sin ir acompañados. El Transportista no será responsable en ningún caso de los daños que puedan sufrir los menores si se incumplen las indicaciones anteriores.
Los Pasajeros de entre 14 y 18 años de edad pueden viajar solos a condición de que dispongan de una autorización escrita de sus padres o tutor legal que exima al Transportista de cualquier responsabilidad. Dicha autorización debe llevarla el menos eximiendo al transportista de cualquier incidencia.
Art. 10. CONDICIONES SANITARIAS DEL PASAJERO INCLUIDAS MEDIDAS ESPECÍFICAS COVID-19:
Medidas Sanitarias especificas COVID 19:
Los usuarios deberán cumplir las medidas sanitarias que el transportista indique como prevención de contagio del Covid-19. Estas son:
- Uso obligatorio de mascarilla para subir a bordo, la cual permanecerá puesta todo el trayecto hasta el desembarque.
- Lavado de manos con gel hidroalcohólico proporcionado por el transportista antes de subir a bordo del buque.
- Mantener la distancia de seguridad en la medida de lo posible, en colas de espera y áreas comunes del buque.
- Seguir las indicaciones del personal del buque a cerca de asientos y circulación dentro del mismo
El Capitán tiene facultad para rechazar del pasaje a cualquier persona que no cumpla las normas de higiene o que, a su juicio o de la propia Compañía, se encuentre en condiciones físicas o psíquicas que no le permitan afrontar el viaje, o cuya condición puede representar un peligro para ellos mismos o para la seguridad de otros Pasajeros o a cualquier persona que ha abusado de las drogas, alucinógenos, alcohol u otras sustancias que no le permiten hacer el viaje. En esos casos, el Pasajero no tendrá derecho a compensación y, a su vez, será responsable de los daños causados en el buque, en sus dotaciones y equipamientos, en terceros y en las pertenencias de estos.
La aceptación del Pasajero a bordo por parte de la Compañía no debe considerarse como una renuncia a cualquiera de sus derechos de hacer valer posteriormente sus reservas sobre las condiciones del Pasajero, tanto si la Compañía las conocía o no en el momento del embarque y/o salida del buque.
Art. 11. PASAJEROS CON NECESIDAD DE ASISTENCIA PARTICULAR: el transporte de Pasajeros con movilidad reducida, discapacitados o enfermos o de personas que requieran una asistencia particular debe comunicarse, con el envío de la documentación que justifique el derecho, al menos 5 días hábiles antes del canjeo de la reserva por el billete al Transportista, a través del email : kontiki@cruceroskontiki.com
Los Pasajeros que utilizan sillas de ruedas u otros dispositivos para la movilidad tendrán que llevarlos con ustedes.
Art. 12. MUJERES EMBARAZADAS: La pasajera que sepa que estar embarazada, está obligada a notificar su condición al Capitán antes de embarcar.
En condiciones de gestación sin complicaciones, cumplido el 6° mes de embarazo, es necesario que la Pasajera disponga de un certificado médico que certifique la idoneidad para afrontar el viaje por mar, que deberá presentar al oficial del buque que se lo solicite. En el resto de casos, la Pasajera embarazada deberá presentar un certificado médico que autorice el viaje independientemente del mes de embarazo. Sin perjuicio de lo anterior, el Capitán podrá usar la discrecionalidad que se menciona en el anterior art. 13.
Art. 13 EXPLOSIVOS, SUBSTANCIAS INFLAMABLES Y MATERIAS PELIGROSAS: el Pasajero tiene estrictamente prohibido incluir en su equipaje o en las cosas transportadas a bordo de sus vehículos residuos industriales o substancias explosivas y/o inflamables o de otro modo peligrosas para la seguridad del buque y de la carga o para la integridad del resto de Pasajeros y de los miembros de la tripulación. En caso de incumplimiento de dicha prohibición, el Capitán está autorizado a embargar o destruir dichas substancias sin que el Pasajero pueda pedir ningún tipo de indemnización. Además, el Pasajero será considerado responsable de las consecuencias derivadas del incumplimiento de dicha prohibición.
Está estrictamente prohibido encender en cualquier parte del buque fogones de gas o eléctricos, planchas y cualquier otro instrumento que pueda provocar una llama libre.
En el caso de incautación de dichos instrumentos, ellos no serán devueltos y nada se podrá requerir como compensación a la Compañía.
EL Capitán del buque tiene el derecho de retirar estos instrumentos y de desembarcarlos y podrá también poner una denuncia a las autoridades competentes. Además, la Compañía tiene derecho a pedir una indemnización por cualquier daño posible y / o daños al buque y / o la tripulación.
Art. 14. EQUIPAJE: El equipaje será custodiado por el propio pasajero, y se exime de responsabilidad a la Compañía.
Art. 15. TRASLADO DE EQUIPAJE Y PÉRDIDA Y/O DETERIORO DEL EQUIPAJE El equipaje permitido es el personal.
El Transportista no responderá por las pérdidas y/o deterioros imputables a actos vandálicos y/o dolosos de terceros. La compañía no se hace cargo de posibles robos o pérdidas de equipaje u objetos personales de los pasajeros. Se recomienda a los pasajeros que lleven consigo los objetos de valor.
Art. 16. MASCOTAS: se permite el transporte de mascotas de pequeño-mediano tamaño (gatos, perros, etc. tal como se define por el Reg UE 576/2013 – Anexo I Parte A) con los Pasajeros a condición de que cuenten con un certificado de buena salud, lleven la correa y el bozal puestos por respeto al resto del pasaje. Como lo exige el Reg. UE 576/2013 Artículo 5, mascotas (especies enumeradas en el anexo I, parte A)
El Pasajero que viaja con las mascotas es responsable de la conducta del animal durante todo el viaje.
Se permite el acceso a las zonas comunes del buque a los perros guía en servicio de acompañamiento de un Pasajero invidente y a los perros de Protección Civil que lleven la certificación pertinente y estén de servicio. Los Pasajeros son responsables de cualquier posible daño material o personal que provoquen sus mascotas. El Transportista declina cualquier responsabilidad por la posible retirada o supresión de los animales por parte de las Autoridades Sanitarias del puerto de embarque/desembarque, así como por los daños que sufra la mascota, incluida su fuga, pérdida o defunción, durante el transporte o el embarque y desembarque, salvo que se demuestre dolo y/o culpa imputable al Transportista. El Pasajero está obligado a mantener en todo momento un comportamiento idóneo y diligente para evitar y/o prevenir dichos problema
Art. 17. INFORMACIÓN SOBRE LOS PASAJEROS: Todos los Pasajeros embarcados deben comunicar a la Compañía sus necesidades de atención particular y/o asistencia, tal como se indica en el art. 14.
Asimismo, los Pasajeros deben comunicar durante la reserva sus datos generales: nombre y apellidos, sexo y categoría de edad (bebé, niño, adulto). El Pasajero está obligado a comunicar cualquier posible cambio de sus datos personales producido entre el momento de la reserva y el momento del embarque. Los datos personales se recogen en virtud de la Directiva CEE 98/41, de 18/06/1998, de las normativas relativas a la aplicación del código ISPS sobre normas antiterroristas.
Durante la reserva, el Pasajero deberá indicar su número de teléfono móvil de contacto. Al Pasajero se le comunicará cualquier posible cancelación y/o variación a través del número de teléfono facilitado durante la reserva (también por SMS). La empresa no se hace responsable en caso de no poder contactar telefónicamente con los Pasajeros si estos no dejan un número, si facilitan un número incorrecto o si comunican.
El Transportista tiene facultad para utilizar los datos personales facilitados por el Pasajero, incluida la información relativa a la compra, a efectos de:
- realizar una reserva y/o emitir un billete;
- suministrar el transporte y los servicios relacionados;
- contabilidad, facturación y revisión;
- verificar y controlar las tarjetas de crédito y otras tarjetas de pago;
- informar sobre el viaje adquirido (por ejemplo, en caso de modificaciones de horarios y/o cancelaciones);
- finalidades de control y seguridad y a efectos sanitarios, administrativos y legales;
- análisis estadísticos;
- desarrollar y suministrar servicios;
- actividades de marketing y estudios de mercado (que se implementarán únicamente con el permiso del Pasajero o para las cuales el Transportista le ofrecerá la posibilidad de ser excluido).
- El Pasajero, exclusivamente a los efectos arriba indicados, autoriza al Transportista a utilizar y, en caso necesario, a trasmitir los datos personales facilitados a:
- empresas relacionadas con el Transportista;
- Transportistas y otras empresas que ofrezcan el transporte o servicios relacionados;
- agentes portuarios y comerciales del Transportista;
- Estados y organismos públicos;
La empresa naviera, si es necesario, puede solicitar que Pasajeros con discapacidad y / o Pasajeros con movilidad reducida viajen con un acompañante, que sea capaz de proporcionar una asistencia adecuada para ellos. Dicho pasajero acompañante deberá de abonar el servicio del billete.
Art. 18. LEGISLACIÓN APLICABLE Y FORO COMPETENTE: el contrato de transporte de Pasajeros, equipajes y vehículos se rige por el Código de Navegación, el Reglamento (UE) n.º 1177/2010 y se interpreta de conformidad con la legislación española. En caso de conflicto derivado de la interpretación y/o ejecución del contrato de transporte, únicamente será competente el Juzgado de Elche (Alicante), según acuerdo expreso en este acto, y con renuncia del fuero que le corresponda al pasajero